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Acta administrativa
En el IEU me quieren poner un acta administrativa por un error laboral que paso hace mas de un año, ¿pueden hacerlo? O por el tiempo se desecha? Pueden acusarme de un error cometido hace 1 año?
Es importante recordar que la Ley Federal del Trabajo en su artículo 517 establece que prescriben (extinción de un derecho, es este caso del patrón) en un mes:
Las acciones de los patrones para despedir a los trabajadores, para disciplinar sus faltas y para efectuar descuentos en sus salarios.
En ese sentido el patrón, si en su momento no disciplino la falta cometida, no puede hacerlo actualmente ya que ha prescrito su derecho para poder realizarlo.
Dirección General Jurídica (L/102)
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Preguntado: 26/02/20 02:29 |
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Última actualización: 30/03/20 22:14 |